
VestÃbulo de salidas y filtros de seguridad de la terminal T1 del aeropuerto de Barcelona | Foto: AENA
MADRID.- Los viajeros tendrán que pagar el incremento de tasas aeroportuarias que se va a producir en los próximos dÃas tras la entrada en vigor de los Presupuestos Generales del Estado para 2012. El Congreso de los Diputados, en la votación final del proyecto de ley (que ya ha sido publicado en el BoletÃn Oficial del Estado), ha decidido tumbar la enmienda que el Grupo Popular y el Grupo de CiU del Senado introdujeron a los Presupuestos para que el incremento de tasas no fuese retroactivo, es decir, no tuviese efecto desde el 1 de enero, sino desde el momento de entrada en vigor de los Presupuestos. Con ello se conseguÃa que los clientes que habÃan comprado sus billetes en la primera parte del año para volar a partir de julio no abonasen las nuevas tasas. La aerolÃneas, que son las verdaderas obligadas al pago, aunque luego lo repercuten en el precio del billete, tampoco tendrÃan que pagar.
Sin embargo, los diputados del Congreso han decidido no aprobar esta enmienda. La consecuencia es que los clientes de aerolÃneas que ya habÃan comprado su billete hace meses para volar este verano se verán obligados a abonar el incremento de las tasas. Varias aerolÃneas ya han avisado a sus usuarios de que les cobrarán el nuevo cargo (aunque ya hubiesen pagado su billete). La votación que se produjo en el Congreso arrojó un resultado de 196 votos en contra (PP, UPyD, PNV, Grupo Mixto y el anterior ministro de Fomento, José Blanco), mientras que los votos favorables fueron 111 (PSOE, CiU y dos diputados del Grupo Mixto), además de 16 abstenciones (un diputado del PP, el grupo de la Izquierda Plural y varios diputados del Grupo Mixto).
La enmienda que habÃa propuesto el grupo parlamentario de CiU en el Senado, y que fue apoyada por el Grupo Popular de la Cámara Alta, decÃa que «las cuantÃas resultantes de la modificación de los apartados 1 y 2 del artÃculo 78 de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea, solamente serán aplicables y exigibles a los obligados al pago de dichas prestaciones, respecto a los tÃtulos de transporte emitidos con fecha posterior a la entrada en vigor de esta modificación legal. Respecto a los tÃtulos de viaje anteriores a dicha fecha, serán de aplicación y exigibles las cuantÃas establecidas en el citado artÃculo 78 de la Ley, en su redacción anterior a esta modificación legal».
Avisos de aerolÃneas
Como ya informó este medio, aerolÃneas como Vueling habÃan enviado correos a los clientes que tenÃan comprados billetes desde hace meses para volar a partir de julio en los que les informaba que procederÃa a cargar en su tarjeta de crédito el importe de la nueva tasa aeroportuaria en el caso de que esta se incrementase. Firmas como Iberia o Ryanair también se han sumado a esta práctica. Además, en sus contratos de transporte, todas las compañÃas prevén que si las tasas aumentan, el cliente que ya hubiese comprado su billete deberá hacerse cargo del incremento. De hecho, el artÃculo 77 de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea dispone que «el importe de estas prestaciones podrá ser repercutido a los pasajeros en el correspondiente tÃtulo de transporte».
Sin embargo, la ley no dice nada de que los incrementos se puedan trasladar a viajeros con billetes ya comprados (tampoco dice que no se pueda hacer). La justicia ya ha determinado que las cláusulas de los contratos que imponen esta condición son nulas por abusivas. Pero, de momento, son decisiones de órganos judiciales inferiores que no crean jurisprudencia.
