El negocio de Egeda con los hoteles: 61 millones de euros al año por tener televisión

De los datos que aporta la Comisión Nacional de la Competencia en su resolución sancionadora contra Egeda se desprende que los hoteles pagan 61 millones al año por tener televisiones en sus habitaciones y poder difundir a través de las mismas programas y series. Son las tarifas más caras de Europa.

MADRID.- Las entidades de gestión de derechos de autor están peleando para conseguir que sus asociados (escritores o productores de cines y televisión, por ejemplo) consigan una remuneración apropiada por la emisión de sus obras, lo que se conoce como comunicación pública. Es lo que sucede en los hoteles que cuentan con televisión en las habitaciones. Recientemente se ha conocido una resolución de la Comisión Nacional de la Competencia por la que se condena a Egeda, una entidad que gestiona los derechos de los productores audiovisuales, a pagar más de 450.000 euros de multa al cobrar a los hoteles tarifas injustas por disponer de televisiones en sus habitaciones. Es el negocio de los derechos de autor.

La CNC ha puesto las cifras negro sobre blanco y, en su resolución, estima que la recaudación que Egeda podría haber conseguido por este concepto es de 61,4 millones de euros en 2009. Para realizar este cálculo, la Comisión ha tenido en cuenta las tarifas públicas que Egeda cobra a los hoteles mensualmente y el número medio de plazas ofertadas por los alojamientos de tres, cuatro y cinco estrellas en España. Después, el organismo regulador ha ponderado los datos en función de la ocupación y ha llegado a la conclusión de que, cada mes, Egeda cobra a los hoteles españoles una media 5,12 millones en concepto de comunicación pública. Es decir, por tener una televisión en la habitación en la que se puedan ver series, películas, etcétera.

Más de 3.000 euros al año

La resolución de la CNC, de 66 páginas y sólidamente fundamentada, especifica que la tarifa media por persona y mes que Egeda cobra a un hotel es de 1,68 euros (si sólo se tiene en cuenta a los alojamientos de tres a cinco estrellas). Es decir, por cada plaza con la que cuenta un establecimiento, Egeda cobra 1,68 euros mensuales en concepto de comunicación pública. Por ejemplo, un hotel de 4 estrellas con 170 plazas pagaría cada mes 285,60 euros y, al año, 3.427,20 euros.

La Ley de Propiedad Intelectual reconoce el derecho de los autores a recibir una compensación económica por la comunicación de sus obras. El mismo cuerpo legislativo permite la existencia de las entidades de gestión para encargarse de la recaudación de estas remuneraciones y posteriormente abonarlas a sus autores. Y una reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea indica que los Estados no pueden eximir a los hoteles del pago de esta compensación. Por lo tanto, la vía de la exención, que existe en los EEUU, está cerrada en España, a no ser que se cambie la legislación europea. Otra cosa distinta es que las tarifas fijadas por Egeda sean justas y equitativas, cosa que no cree la CNC y por lo que ha sido sancionada la entidad.

Además, en la resolución de Competencia, emitida a raíz de una demanda de la patronal hotelera CEHAT, se especifica que “las tarifas generales que Egeda ha establecido para los hoteles, así como las tarifas que ofertó de forma generalizada en 2009, son, respectivamente, 48,9 veces superiores y 14,8 veces superiores a las tarifas generales establecidas para los operadores de televisión de pago”. Es decir, que la entida de gestión cobra más a los hoteles que a las televisiones por cable, que también deben pagar por emitir programas y donde es más complicado controlar cuántas personas ven efectivamente esos canales. Por ello, la CNC entiende que “las tarifas generales de EGEDA para hoteles, como las que ofertó a la mayoría de los hoteles en 2009, pueden ser excesivas en la media en que son notablemente más elevadas” que las que aplica a otros operadores.

Las más altas de Europa

Todos los datos que fundamentan la resolución de la CNC han sido aportados por la Dirección de Investigación del organismo regulador. El mismo también se ha dedicado a comparar las tarifas que pagan los hoteles del resto de Europa en cuyos países se aplica la compensanción por comunicación pública. Y los resultados no dejan lugar a dudas.

Tomando como referencia un hotel de cuatro estrellas con una media de 100 habitaciones, la tarifa que paga en Dinamarca es de 50 euros al año por contar con televisiones en sus habitaciones. En Alemania, la cantidad por el mismo concepto asciende a 750 euros anuales y en los Países Bajos llega a 1.700 euros al año. En España, la cantidad que puede llegar a pagar este alojamiento es de 6.140,4 euros anuales.

La ley reconoce el derecho de los autores a ser compensados por el uso comercial que se haga de sus creaciones. Pero Egeda tendrá que modificar sus tarifas para hacerlas más equitativas y justas. De momento, la entidad puede recurrir la sanción de la CNC ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional. Sin embargo, ya existe el precedente de una resolución similar en el año 200o que fue confirmada por la Audiencia Nacional y posteriormente por el Tribunal Supremo.

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