La Justicia prohíbe Uber en España a petición de los taxistas

En una resolución en la que no se ha oído a Uber, un juez mercantil ha prohíbido las actividades de la empresa especializada en transporte de pasajero en toda España.
Dos taxis salen del Aeropuerto de Madrid-Barajas | Foto: Ayuntamiento de Madrid
Dos taxis salen del Aeropuerto de Madrid-Barajas | Foto: Ayuntamiento de Madrid
Dos taxis salen del Aeropuerto de Madrid-Barajas | Foto: Ayuntamiento de Madrid
Dos taxis salen del Aeropuerto de Madrid-Barajas | Foto: Ayuntamiento de Madrid

Un juez ha prohibido de forma cautelar las operaciones de Uber en toda España. La compañía estadounidense está especializada en la intermediación entre clientes y propietarios de coches que realizan un transporte privado de los primeros a modo de taxi. La resolución judicial ha emanado del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Madrid y es consecuencia de una demanda de medidas cautelares presentada por la Asociación Madrileña del Taxi, una de las organizaciones que representan a los conductores profesionales de la capital de España, que en los últimos meses han venido protestando por la competencia desleal y el intrusismo que consideran que provoca Uber en su profesión.

En un auto de 20 páginas, que se puede consultar más abajo, el juez Andrés Sánchez estima la petición de la Asociación del Taxi para que Uber deje de prestar servicio en España, fundamentalmente en Madrid (donde llegó en octubre) y Barcelona, donde se concentran las operaciones de la compañía norteamericana. La decisión se ha adoptado sin oír a la parte demandada, una posibilidad extraordinaria que admite la ley que regula el proceso judicial español para los casos en que sea difícil o se retarde demasiado la comunicación con el demandado, lo que podría poner en peligro la efectividad de la sentencia final. Aún así, es una decisión salomónica, puesto que Uber no puede recurrir ante un tribunal superior esta decisión, sólo puede oponerse al mismo en el plazo de 20 días y ante el juez que lo ha dictado. La demanda se dirige contra Uber Technologies Incorporated, que es la matriz estadounidense, pero para las operaciones en Europa, la compañía cuenta con la empresa Uber B. V., con sede en Ámsterdam (Holanda), según indica en sus condiciones legales.

Además, la efectividad del auto está garantizada, puesto que el juez ordena a todos los operadores de telecomunicaciones que suspendan la transmisión, el alojamiento de datos, el acceso a las redes de telecomunicaciones o la prestación de cualquier otro servicio equivalente de intermediación en relación con Uber. La misma orden se extiende a las redes de tarjetas de crédito para que suspendan todas las operaciones de ingreso y pago mediante tarjeta de pago o dispositivo similar de uso habitual por la compañía de transporte. Es decir, un apagón tecnológico de todas las operaciones de la empresa estadounidense, que opera en 200 ciudades de todo el mundo y ha sido valorada en 40.000 millones de dólares tras la última oferta pública de acciones.

Competencia desleal y paraíso fiscal

En su auto, el juez desgrana los motivos para adoptar la prohibición de Uber en España. Por un lado, Sánchez explica que esta medida cautelar, antes de que se celebre un juicio, se toma por “la actuación de la demandada intermediando entre transportistas sin licencia y usuarios, como genuina actividad mercantil, sin cumplir los requisitos administrativos para el transporte de viajeros”. Esta actividad continuada hace que la medida cautelar tenga sentido como forma de proteger los intereses de los taxistas, reconocidos por la Ley de Transportes Terrestres, durante la tramitación del proceso judicial, que puede durar años. Además, el magistrado sostiene que Uber desarrolla su actividad desde el “paraíso fiscal estadounidense de Delaware [aunque, en realidad, la empresa se encuentra radicada en la ciudad de San Francisco, California]”, lo que hace más necesaria, a su juicio, la adopción de la medida porque este hecho “podría suponer una facilidad para situarse al margen de las leyes españolas y europeas”.

La adopción de la medida cautelar no significa que el juez haya dado la razón a los taxistas madrileños en sus pretensiones, sólo que, con los datos provisionales que la Asociación del Taxi ha presentado, parece que tienen derecho a que se protejan las operaciones de su negocio de la presunta competencia desleal que supone Uber. En su auto, el magistrado manifiesta que “dada la existencia de una actividad que infringe las normas jurídicas de manera muy evidente en un sector regulado, debe concluirse que existe apariencia de buen derecho en la solicitante”. Ahora, para que la medida sea efectiva, los taxistan deberán depositar una fianza de 10.000 euros, que debería cubrir los daños y perjuicios causados a Uber por la paralización de su negocio en España, y deberán presentar la demanda principal en 20 días para iniciar el juicio. En caso contrario, la medida cautelar no entrará en funcionamiento y Uber podrá seguir operando en España. Todos estos trámites se cumplirán, pero llama la atención que el juez haya fijado una fianza de 10.000 euros, un importe que parece insuficiente, ya que la pérdida de negocio de Uber hasta que logre levantar la medida cautelar o hasta que se decida el futuro juicio será mucho mayor.

Economía colaborativa frente a negocios cerrados

La verdadera cuestión que subyace tras el conflicto con Uber es la aparición de las aplicaciones de economía colaborativa, es decir, de herramientas que ayudan a optimizar el tiempo o el espacio sin usar de determinadas actividades o bienes. Por ejemplo, las habitaciones de una casa, que se alquilan a través de AirBnb, o el tiempo de inmovilización de un coche, en el caso de Uber. El problema viene cuando estas actividades se convierten en la profesión de ese propietario de la casa o del vehículo.

Los conductores de Uber cobran tarifas más bajas porque no tienen los costes regulatorios y de negocio de los taxistas. No se han tenido que endeudar comprando una licencia de taxi al precio de un piso (más de 100.000 euros por una autorización administrativa), ni tienen que pagar las tasas, impuestos, cotizaciones sociales y seguros a los que les obliga su profesión. Tampoco cuentan con unas tarifas reguladas por los ayuntamientos, como en el caso de los taxistas. Todo ello hace que los precios de Uber sean más baratos y competitivos, por lo que, desde el punto de vista legal, los taxistas tienen razón en sus manifestaciones y es muy difícil que Uber les gane en una batalla judicial. También es necesario realizar una diferenciación entre los conductores de Uber, que son los que prestan el servicio efectivamente, y la empresa, que es quien intermedia y cobra una comisión al conductor por proporcionarle clientes y poner a su disposición la infraestructura tecnológica.

Ahora bien, lo que portales como Uber y Airbnb están cuestionando es la validez, en la época de Internet, de modelos de negocio cerrados como el del taxi o hiperregulados como el del alojamiento no hotelero. Para ser taxista en España, o transportista de pasajeros, es necesario contar con una autorización administrativa, la famosa licencia. Estas autorizaciones están limitadas a un número concreto y el Ayuntamiento de Madrid no expide más. Lo que se consigue es crear un negocio cerrado y generar una venta de licencias inflada con precios desorbitados para acceder a la profesión. La competencia se limita en una economía de mercado y Uber viene a demostrar que esto es innecesario, que existen otras opciones en las que el cliente tiene poder de decisión. En estos casos, la administración debe limitarse a garantizar una mínima seguridad y calidad en el servicio, así como a comprobar que se cumple con la normativa fiscal y laboral, como ya anticipa la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y la Comisión Europea.

Uber se ha aprovechado para desarrollar su negocio de la lentitud de la administración y los Gobiernos a la hora de inspeccionar y sancionar, aunque ya sufre los primeros encontronazos. En Alemania, esta aplicación fue prohibida, aunque se levantó la suspensión. También ha sido proscrita en Portland (EEUU). En Madrid ya se le han abierto una veintena de expedientes sancionadores, también a algunos de sus conductores, por no cumplir la Ley de Transportes Terrestres. En Barcelona, el ayuntamiento viene realizando inspecciones a conductores sospechosos para sancionarlos. Y, mientras tanto, la empresa se ha limitado a decir que “Uber Pop [la herramienta que funciona en España] es un servicio de coche compartido y consiste en compartir los costes de propiedad del vehículo y ayudar a la gente a dejar sus coches particulares y por lo tanto continuaremos dando servicio”. Habrá que ver cómo se enfrentan a una decisión judicial cuyo incumplimiento puede llevar acarreada cárcel para los representantes de la compañía en España.

Artículos relacionados