El transporte compartido que lleva a la huelga de taxis

Aplicaciones como Uber o BlaBlaCar, ideadas para compartir gastos en el viaje en coche, han motivado la huelga de los taxistas de Madrid y las protestas de los transportistas. ¿Son ilegales?
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MADRID.- ¿Qué tiene una aplicación de móvil para generar el ruido mediático de los últimos días y provocar una huelga de taxistas en Madrid? Hablamos de Uber o de BlaBlaCar, empresas dedicadas a poner en contacto a particulares para compartir los gastos de desplazamiento en coche. También de portales como AirBnb, especializada en que propietarios de casas y apartamentos puedan alquilarlas a otros particulares. Es lo que se ha dado en llamar economía colaborativa (sharing economy, en inglés), en la que Internet tiene mucho que ver al eliminar los intermediarios en sectores tradicionalmente controlados por oligarquías y abaratar los costes de los servicios.

El problema al que se enfrentan taxistas y transportistas de pasajeros es que la tecnología, la evolución social y económica han dejado atrás modelos de negocio centenarios. Las reclamaciones de estos colectivos se basan en que este tipo de aplicaciones generan una competencia desleal, ya que los particulares que realicen los transportes no tienen que contar con licencias, pagar impuestos ni obtener autorizaciones administrativas (como hacen los taxistas) o cumplir determinadas condiciones de calidad en el servicio. Y es verdad. Sin duda, son desventajas que encarecen los servicios que prestan estos profesionales y que sólo muestran una cosa: la ineficacia de la administración y de los gobiernos para adaptarse a los cambios sociales y económicos. El cliente, en una economía de mercado, busca las alternativas más eficaces y económicas para sus propósitos.

Lo mismo sucede con la reserva de apartamentos o habitaciones. El sector hotelero se ha venido quejando en los últimos años que plataformas como AirBnb animan el fraude, ya que los propietarios alquilan apartamentos sin pagar impuestos ni contar con unas mínimas condiciones de calidad, produciendo una desprotección al consumidor. En la ciudad de Nueva York, la fiscalía del estado ha presionado para que la empresa revele el nombre de los propietarios que alquilan pisos a través de la misma para hacerles cumplir con la legislación tributaria y con la de alojamientos. En España, la regulación del alquiler vacacional está en ciernes y depende de cada comunidad autónoma.

La clave de todos estos problemas se encuentra en el ánimo de lucro. No es lo mismo compartir gastos de un coche para realizar un viaje determinado a un destino, que dedicarse en exclusiva a este negocio. Ahí se encuentra la diferencia entre la profesionalidad y el uso puntual de aplicaciones como Uber o BlaBlaCar. La administración no ha sabido adaptarse al surgimiento de este tipo de formas colaborativas, a pesar de que se ha legislado (y aún se debe desarrollar) una ley que liberaliza la prestación de determinados servicios. No los de transporte. ¿Se debe permitir que cualquiera pueda prestar servicios de transporte, eliminando requisitos como las licencias exclusivas de taxistas y transportistas de autobuses, acabando con un oligopolio? ¿Se debe considerar la habitualidad como una muestra de que un particular obtiene un beneficio del transporte compartido? ¿Los amigos que comparten coche diariamente para ir a trabjar están cometiendo una infracción y una competencia desleal?

Más importante que las respuestas a estas preguntas está el hecho de que la sociedad evoluciona más rápidamente. Pasó con la música, que vio decrecer sus ventas de formatos físicos como CD y DVD tras la irrupción de las descargas de archivos digitales. Hasta que se encontró un modelo de venta de canciones individuales por Internet, como iTunes de Apple o de emisión en streaming, como Spotify. Está sucediendo con la prensa, en la que muchos se afanan en recordar que el valor de los contenidos es cero. Y está sucediendo con el alojamiento y el transporte.

Sanciones legales

En un movimiento bastante inusual por parte del Gobierno español, el Ministerio de Fomento ha emitido una comunicación en la última semana en la que avisa que puede imponer multas de entre 401 euros y 600 euros a los usuarios que utilicen estas plataformas de transporte compartido. Además, las sanciones pueden llegar a los 18.000 euros para las empresas o particulares que se dediquen al transporte sin contar con autorización administrativa para ello. Lo que se le olvidó decir a Fomento en su nota es que La Ley de Transporte Terrestre, una norma de 1987, prevé estas sanciones en caso de transportes públicos y que generen un beneficio para los prestadores. Pero no en el caso de que la única finalidad sea compartir los gastos, sin generar una ganancia empresarial y entre particulares.

En Europa, las actuaciones de las autoridades van por el mismo camino. En la ciudad de Bruselas, sede de las instituciones europeas, se ha prohibido el uso de Uber bajo riesgo de ser sancionado con 18.000 euros. Sin embargo, la comisaria europea Neelie Kroes, cuya área de trabajo cubre las nuevas tecnologías, ha advertido a España de que no puede imponer sanciones por el uso de estas aplicaciones. Desde la Unión Europea se ve a las empresas de economía compartida como claves en la evolución económica de Europa.

Por su lado, en los EEUU, AirBnb, portal especilizado en el alquiler de apartamentos entre particulares, se encuentra inmerso en un proceso legal en la ciudad de Nueva York. De momento, la compañía, valorada en más de 10.000 millones de dólares, ha tenido que ceder los datos fiscales de sus propietarios. Seguramente no será lo último.

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