La Justicia europea dictamina que no se pueden incluir seguros de cancelación en el precio de los vuelos

En una sentencia, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea aclara que los suplementos opcionales que “no son ni obligatorios ni indispensables para las necesidades del vuelo y el cliente puede elegir aceptarlos o rechazarlos”.

MADRID.- La Justicia europea vuelve a poner en su sitio los abusos de algunas agencias on line y de determinadas aerolíneas. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dictaminado que es ilegal que un vendedor de viajes aéreos incluya por defecto un seguro de anulación del vuelo en el precio del billete. La decisión del órgano comunitario es que sólo puede proponerse un seguro de anulación de vuelo como suplemento opcional que el viajero tenga que seleccionar expresamente.

La sentencia es consecuencia del contencioso entre el portal alemán de viajes Ebookers.com y una asociación germana de protección de los consumidores, que llevó al portal ante los tribunales para que abandonara la práctica consistente en incluir por defecto un seguro de anulación en la tarifa aérea. Así, en la sentencia, el Tribunal aclara que el seguro de cancelación debe considerarse entre los suplementos opcionales que “no son ni obligatorios ni indispensables para las necesidades del vuelo y el cliente puede elegir aceptarlos o rechazarlos”.

El tribunal sigue declarando que la normativa de la UE ” exige que tales suplementos de precio deban comunicarse de manera clara, transparente y sin ambigüedades al comienzo de cualquier proceso de reserva, y que deban ser objeto de una opción de inclusión”. “Esta exigencia trata de impedir que el cliente se vea incitado a adquirir servicios complementarios que no son indispensables para las necesidades de ese vuelo, salvo que elija expresamente adquirir esos servicios y pagar el suplemento de precio que corresponde a éstos”, refleja la resolución judicial.

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