MADRID.- El caso de las aerolÃneas es el más sangrante cuando hay que proceder a indemnizaciones o compensaciones en caso de cancelaciones que se produzcan por imprevistos o causas mayores. El instituto IE Business School ha organizado una jornada en la que ha tratado estos y otros temas de tipo legal que afectan a las empresas del sector turÃstico cuando las cosas se ponen difÃcil.
Arturo Moreno, director de desarrollo internacional del Grupo Intermundial, y Ricardo Fernández, abogado de Tourism and Law, han realizado una exposición de csasos prácticos en las que han destacado varias ideas. La primera de ellas es la alta protección que tiene el consumidor frente a las empresas turÃsticas, con una legislación muy garantista. Moreno ha tratado el tema de las catástrofes naturales, en el que ha destacado las obligaciones de indemnización, reembolso y transporte alternativo que afectan a los pasajeros frente a la aerolÃnea. Moreno ha resaltado que «incluso en en los casos en los que las compañÃas aéreas no pudieron cumplir sus obligaciones por causas externas, cuando el consumidor demandó, el tribunal entendió que habÃa que indemnizar». El responsable de Intermundial ha sostenido que las firmas aéreas deberÃa provisionar este tipo de incidentes en sus balances.
Por su lado, Ricardo Fernández ha tratado el tema de los controladores aéreos. Actualmente existe un procedimiento penal en los juzgados de Madrid tras los paros que este colectivo protagonizó los dÃas 3 y 4 de diciembre de 2010. Fernández ha esgrimido una sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona en 2002 donde el juez en tendÃa que, aunque la aerolÃnea se vio afectada por una huelga de controladores, pudo operar su vuelo en una hora posterior. Si no lo hizo fue porque no quiso, por lo que procedÃa la indemnización a los clientes.
Algo parecido al caso anterior sucedió con Air Europa y la mayorista Travelplan. En un viaje al Caribe, el huracán Katrina impidió el despgue del vuelo que debÃa devolver a los pasajeros a casa por un problema de motor. El tribunal entendió que los problemas de motor entran en las incidencias que pueden afectar a la operación cotidiana de las aerolÃneas y resolvió que Air Europa y Travelplan debÃan responsabilizarse, solidariamente, de la indemnización al pasajero.
En casos en los que el Estado sea un proveedor del servicio (como la navegación aérea), las reclamaciones deben dirigirse contra el mismo, aunque es difÃcil que acabe pagando. Por ello, cuando se lleve el caso de los controladores aéreos a los tribunales contenciosos-administrativos se sentará un precedente sobre la responsabilidad patrimonial de la administración en casos de importancia como el de los controladores.
